ESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA ALCALDÍA EN MATERIA DE
NOMBRAMIENTOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, TENIENTES
DE ALCALDE Y DELEGACIONES CONFERIDAS
Por la Alcaldía-Presidencia se ha dictado los Decreto nº 850 y 851, de fecha 17 de junio de 2019, de nombramiento miembros de la Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, resolviendo lo siguiente:
- Alcalde-Presidente: D. José Manuel Rama Moya
- Primer Teniente de Alcalde: D. Manuel Piñero Lemus
- Segundo Teniente de Alcalde:Dª. Isabel García Ramos
- Tercer Teniente de Alcalde: Dª. Carmen Romero García
- Cuarto Teniente de Alcalde: D. Juan Carlos García Márquez
- Quinto Teniente de Alcalde: D. Mariano Blanco Fernández
DECRETO Nº: 852/2019 DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2019, DE DELEGACION DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA. |
a) Aprobación de los Padrones Tributarios. b) Conocerá de los gastos y relación de facturas autorizados y aprobadas por la Alcaldía-Presidencia. c) Control y seguimiento del funcionamiento de actividades sujetos a calificación ambiental, con ejercicio de las órdenes de inspección, imposición de medidas correctoras, sanciones y clausura. d) Autorizaciones para el uso a precario, arrendamiento y cesiones temporales de bienes e instalaciones municipales, que sean de la competencia de la Alcaldía, y, autorizaciones de actividades singularizadas no reglamentadas que se ejerzan en bienes de titularidad municipal. e) Concesión de subvenciones a Asociaciones de vecinos y agrupaciones culturales, deportivas o similares por importe superior a 600,00 euros. f) Resolución de solicitudes o instancias relativas al mobiliario urbano y otro inmovilizado material. g) Autorizaciones de señalización viaria de tráfico horizontales y verticales. h) Órdenes de policía sanitaria, salubridad e higiene derivadas de la Ley General de Sanidad. i) Policía y autorizaciones sobre caminos de titularidad municipal. j) Trámite de solicitudes de ayudas y subvenciones y formalización de convenios que no sean competencia del pleno, salvo que concurran razones de urgencia por razón del plazo de la pública convocatoria. La delegación de funciones que se relaciona en el apartado anterior lo es sin perjuicio de sus funciones de asesoramiento y asistencia a la Alcaldía en el ejercicio de las atribuciones que le corresponden y se reserva. Lo que al amparo de lo establecido en los arts. 46.1 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se expone al público para general conocimiento.
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ACTAS
2.022
2.021
2.020
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2.018
2.017
2.016